Etiquetado y Rotulado

Rotulado Nutricional y Etiquetado Legal de tus Alimentos

El rótulo de un alimento no es solo una etiqueta: es un requisito legal obligatorio para comercializar. ABR confecciona el rótulo completo que exige el Código Alimentario Argentino,tabla nutricional, octógonos frontales, alérgenos, ingredientes y todas las declaraciones,para que puedas vender sin trabas ni observaciones.

¿Necesitás el rótulo legal de tu producto?

Hacemos la tabla nutricional, ingredientes y octógonos.

¿Qué incluye el rótulo que hace ABR?

Tabla Nutricional

Cálculo técnico de calorías, proteínas, grasas, carbohidratos, sodio y demás nutrientes por 100g/100ml y por porción. Formato exigido por el CAA.

Octógonos Frontales

Evaluamos si tu producto supera los límites de sodio, azúcares, grasas o calorías para determinar qué sellos de advertencia son obligatorios según la Ley 27.642.

Lista de Ingredientes

Redacción técnica en orden decreciente con declaración de alérgenos, aditivos con función y nombre común, y demás exigencias del CAA.

Alérgenos

Declaración clara de los 14 alérgenos de declaración obligatoria. Evaluación de contaminación cruzada y declaración precautoria cuando corresponde.

Declaraciones Permitidas

"Sin azúcar", "light", "sin gluten", "alto en proteínas",verificamos que tu producto cumpla los requisitos para usar estas declaraciones legalmente.

Rótulo para RNPA

El rótulo borrador que entregamos está diseñado para cumplir los requisitos del RNPA. Listo para usar directamente en el trámite de registro.

¿Quién necesita rotulado nutricional?

Todo alimento que se comercialice en Argentina debe tener rótulo legal. Esto incluye:

  • Productos elaborados de forma artesanal o industrial para venta
  • Alimentos que se empacan y venden en supermercados o tiendas
  • Productos de panadería, pastelería o gastronomía que se comercializan
  • Alimentos que se exportan
  • Productos que tramitan RNPA (el rótulo borrador es requisito)
  • Emprendimientos que quieren acceder a canales de distribución formal
  • Empresas con rótulos desactualizados que deben adecuarse a la Ley 27.642
  • Productores con observaciones por rótulo incompleto
Ley de Etiquetado Frontal (27.642): Desde 2023 es obligatorio en Argentina. Si tu producto supera los límites de sodio, azúcares, grasas o calorías, debe llevar los octógonos negros de advertencia en el frente del envase. ABR calcula qué sellos corresponden a tu producto.

¿Tu rótulo está desactualizado o necesitás el de un producto nuevo?

Escribinos y te contamos qué necesita tu producto específicamente.

Preguntas Frecuentes sobre Rotulado

El Código Alimentario Argentino exige: denominación de venta, lista de ingredientes en orden decreciente, contenido neto, datos del fabricante, país de origen, fecha de vencimiento o elaboración, condiciones de conservación, número de RNPA, lote de producción y tabla de información nutricional. Para algunos productos se suma la declaración de alérgenos y los octógonos frontales.

Son sellos octogonales negros de advertencia obligatorios cuando el alimento supera los límites de sodio, azúcares, grasas totales, grasas saturadas o calorías según la Ley 27.642. ABR calcula si tu producto requiere sellos y los incorpora en el diseño del rótulo.

La tabla nutricional se calcula en base a la composición del producto por cada 100g o 100ml y por porción. ABR realiza el cálculo técnico a partir de la fórmula del producto, verificando que cumpla el formato exigido por el Código Alimentario Argentino.

Sí. El rótulo borrador que prepara ABR cumple los requisitos del RNPA y de los organismos de control. Se puede usar directamente en el trámite de registro del producto.

ABR revisa el rótulo actual y lo adecúa a la normativa vigente, incluyendo la Ley de Etiquetado Frontal y las resoluciones más recientes del CAA. Es un servicio de revisión y corrección que evita multas y observaciones en inspecciones.
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