Etiquetado y Rotulado

Rotulado Nutricional y Etiquetado Legal de tus Alimentos

El rótulo de un alimento no es solo una etiqueta: es un requisito legal obligatorio para comercializar. ABR confecciona el rótulo completo que exige el Código Alimentario Argentino,tabla nutricional, octógonos frontales, alérgenos, ingredientes y todas las declaraciones,para que puedas vender sin trabas ni observaciones.

¿Necesitás el rótulo legal de tu producto?

Hacemos la tabla nutricional, ingredientes y octógonos.

¿Qué incluye el rótulo que hace ABR?

Tabla Nutricional

Cálculo técnico de calorías, proteínas, grasas, carbohidratos, sodio y demás nutrientes por 100g/100ml y por porción. Formato exigido por el CAA.

Octógonos Frontales

Evaluamos si tu producto supera los límites de sodio, azúcares, grasas o calorías para determinar qué sellos de advertencia son obligatorios según la Ley 27.642.

Lista de Ingredientes

Redacción técnica en orden decreciente con declaración de alérgenos, aditivos con función y nombre común, y demás exigencias del CAA.

Alérgenos

Declaración clara de los 14 alérgenos de declaración obligatoria. Evaluación de contaminación cruzada y declaración precautoria cuando corresponde.

Declaraciones Permitidas

"Sin azúcar", "light", "sin gluten", "alto en proteínas",verificamos que tu producto cumpla los requisitos para usar estas declaraciones legalmente.

Rótulo para RNPA

El rótulo borrador que entregamos está diseñado para cumplir los requisitos del RNPA. Listo para usar directamente en el trámite de registro.

¿Quién necesita rotulado nutricional?

Todo alimento que se comercialice en Argentina debe tener rótulo legal. Esto incluye:

  • Productos elaborados de forma artesanal o industrial para venta
  • Alimentos que se empacan y venden en supermercados o tiendas
  • Productos de panadería, pastelería o gastronomía que se comercializan
  • Alimentos que se exportan
  • Productos que tramitan RNPA (el rótulo borrador es requisito)
  • Emprendimientos que quieren acceder a canales de distribución formal
  • Empresas con rótulos desactualizados que deben adecuarse a la Ley 27.642
  • Productores con observaciones por rótulo incompleto
Ley de Etiquetado Frontal (27.642): Desde 2023 es obligatorio en Argentina. Si tu producto supera los límites de sodio, azúcares, grasas o calorías, debe llevar los octógonos negros de advertencia en el frente del envase. ABR calcula qué sellos corresponden a tu producto.

Elementos obligatorios del rótulo según el CAA

  • Denominación de venta — nombre claro y específico del producto
  • Lista de ingredientes — orden decreciente por peso, con aditivos y código SIN
  • Contenido neto — en gramos, kilogramos, mililitros o litros
  • Identificación del fabricante — razón social, domicilio, RNE
  • País de origen — "Industria Argentina" cuando corresponda
  • Lote y fecha de vencimiento — formato día/mes/año
  • Número de RNPA — del producto, vigente
  • Condiciones de conservación — temperatura, almacenamiento
  • Tabla nutricional — por 100 g/ml y por porción, formato CAA
  • Declaración de alérgenos — Res. 26/2003 ANMAT y CAA
  • Octógonos de advertencia — cuando la Ley 27.642 lo requiera
  • Leyendas adicionales — Sin TACC, orgánico, sin azúcar, etc.

Etiquetado frontal: los 8 sellos obligatorios

La Ley 27.642 y su Decreto 151/2022 establecen 5 octógonos negros de advertencia + 2 leyendas + restricciones publicitarias. ABR calcula qué corresponde a tu producto:

Exceso en sodio

Cuando supera el límite establecido por porción o por 100 g/ml según fase de implementación de la ley.

Exceso en azúcares

Aplica a azúcares totales y a azúcares añadidos por encima del umbral PAHO/OPS.

Exceso en grasas saturadas

Cuando el aporte de grasas saturadas supera el porcentaje permitido del total calórico.

Exceso en grasas totales

Por encima del 30% del valor calórico total o del umbral por 100 g cuando aplica.

Exceso en calorías

Cuando supera el límite de aporte calórico por 100 g o por 100 ml según corresponda.

Leyendas: cafeína / edulcorantes

"Contiene cafeína. Evitar en niños" y "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños" cuando aplica.

Normativa que aplica al rotulado en Argentina

  • Código Alimentario Argentino — Cap. V: rotulado general de alimentos
  • Ley 27.642 + Decreto 151/2022: Promoción de Alimentación Saludable (etiquetado frontal)
  • Resolución MERCOSUR GMC 26/03: rotulado general de alimentos envasados
  • Resolución MERCOSUR GMC 46/03 y 47/03: rotulado nutricional obligatorio
  • Resolución ANMAT 26/2003: declaración de alérgenos
  • Disposición ANMAT 7730/2011: rotulado para alimentos para deportistas
  • Resolución 1383/2008 — Decreto Sin TACC: requisitos para libres de gluten
  • Codex STAN 1-1985: estándar general internacional de rotulado

Proceso de rotulado paso a paso con ABR

1. Fórmula del producto

Pedimos receta detallada con porcentajes, marcas de materias primas y datos del proceso.

2. Cálculo nutricional

Calculamos tabla nutricional por 100 g/ml y por porción a partir de bases de datos oficiales (BAR, USDA, fabricantes).

3. Sellos frontales

Determinamos qué octógonos y leyendas exige la Ley 27.642 para tu producto.

4. Rótulo entregable

Entregamos rótulo borrador en PDF listo para diseño gráfico y para presentar en el trámite de RNPA.

Productos que rotulamos

  • Panificados, pastas frescas y secas
  • Galletitas, snacks y productos de copetín
  • Conservas, encurtidos y mermeladas
  • Bebidas, jugos, aguas saborizadas
  • Lácteos, helados y postres
  • Chacinados, embutidos y precocidos
  • Salsas, aderezos y condimentos
  • Suplementos dietarios y deportivos
  • Productos sin TACC y libres de alérgenos
  • Alimentos veganos, orgánicos y plant-based
  • Productos de gastronomía envasados
  • Alimentos para exportación (MERCOSUR / Codex)

Por qué un rótulo bien hecho te conviene

Evita multas y observaciones

Un rótulo conforme al CAA y a la Ley 27.642 reduce a cero el riesgo de decomiso, sanción o trabas en el RNPA por información incompleta o incorrecta.

Abre canales de venta

Supermercados, distribuidoras y exportadores exigen rótulo profesional. Sin él, tu producto queda fuera de los canales formales.

Comunica confianza al consumidor

Información nutricional clara y completa es uno de los principales drivers de elección en góndola. Un buen rótulo vende.

Listo para exportar

Trabajamos con normativa argentina, MERCOSUR y Codex Alimentarius. Si pensás exportar, dejamos el rótulo preparado para mercados regionales.

¿Tu rótulo está desactualizado o necesitás el de un producto nuevo?

Escribinos y te contamos qué necesita tu producto específicamente.

Preguntas Frecuentes sobre Rotulado

El Código Alimentario Argentino exige: denominación de venta, lista de ingredientes en orden decreciente, contenido neto, datos del fabricante, país de origen, fecha de vencimiento o elaboración, condiciones de conservación, número de RNPA, lote de producción y tabla de información nutricional. Para algunos productos se suma la declaración de alérgenos y los octógonos frontales.

Son sellos octogonales negros de advertencia obligatorios cuando el alimento supera los límites de sodio, azúcares, grasas totales, grasas saturadas o calorías según la Ley 27.642. ABR calcula si tu producto requiere sellos y los incorpora en el diseño del rótulo.

La tabla nutricional se calcula en base a la composición del producto por cada 100g o 100ml y por porción. ABR realiza el cálculo técnico a partir de la fórmula del producto, verificando que cumpla el formato exigido por el Código Alimentario Argentino.

Sí. El rótulo borrador que prepara ABR cumple los requisitos del RNPA y de los organismos de control. Se puede usar directamente en el trámite de registro del producto.

ABR revisa el rótulo actual y lo adecúa a la normativa vigente, incluyendo la Ley de Etiquetado Frontal y las resoluciones más recientes del CAA. Es un servicio de revisión y corrección que evita multas y observaciones en inspecciones.
WhatsApp